Ciudadanos de la UE y sus familias
Los ciudadanos de la UE gozan de amplia libertad de elección del lugar de residencia dentro de la Unión Europea. Es decir, que por principio se pueden mover libremente dentro de la Unión Europea. Los protegen las amplias prohibiciones de discriminación del Derecho europeo, que descartan la posibilidad de que los ciudadanos de la UE sean tratados de manera diferente a los propios nacionales. No obstante aquí también rige: No hay regla sin excepciones. La libertad de elección del lugar de residencia dentro de la Unión Europea no es (aún) ilimitada. Existen todavía algunos requisitos de Derecho internacional y algunas formalidades también vigentes para los ciudadanos de la UE.
Encontrará informaciones detalladas en www.europa.eu.int/citizensrights, así como bajo el número telefónico 00 800 6 7 8 9 10 11, gratis desde cualquiera de los 25 estados miembros y en su propio idioma.
El motivo principal de la libre elección del lugar de residencia en otro país miembro de la UE es de índole económico. Por esto, el Derecho europeo protege a los ciudadanos de la Unión Europea que, p.ej., quieran ofrecer o recibir un servicio, quieran establecerse como trabajadores independientes o iniciar una ocupación como empleado dependiente en otro estado miembro.
Nota: Los ciudadanos de la UE pueden entrar en Alemania a buscar trabajo sin necesidad de visa. A estos ciudadanos y sus familiares, en tanto sean ciudadanos de un estado miembro de la UE, se les dará, según está estipulado por la Ley, una certificación de su derecho de residencia. Por eso, los ciudadanos de la UE no tienen que hacer aprobar su estancia por las Autoridades de extranjería. Pero sí tienen que noticiarse en la Oficina de empadronamiento (“Einwohnermeldeamt”) antes de un plazo adecuado. El Derecho europeo no prevé que estos ciudadanos tengan derecho a ayudas estatales (alemanas) para la subsistencia durante el período de búsqueda de empleo, es decir, subsidio de desempleo II (“Arbeitslosengeld II”) o ayuda social (“Sozialhlfe”).
Los ciudadanos de la UE están autorizados a realizar una actividad asalariada. Por tanto, no necesitan la aprobación de la Agencia Federal de Trabajo. Solamente existen limitaciones especiales para los ciudadanos de la UE en el ámbito del funcionariado, y dentro de éste, sólo en las tareas soberanas (p. ej. la policía). No obstante, las Autoridades de extranjería pueden exigir que se prueben los requisitos de la libre elección del lugar de residencia. El empleado lo puede probar con una declaración del patrón que constate que ha sido empleado.
Nota: Para los ciudadanos de la UE de la mayoría de los nuevos estados miembros (Estonia, Letonia, Lituania, Polonia, Eslovenia, Eslovaquia, Chequia y Hungría) están vigentes regulaciones provisionales para la realización de una actividad asalariada como empleado, sobre todo cuando llegan a Alemania por primera vez. Ellos pueden ser empleados sólo con la aprobación de la Agencia Federal de Trabajo. Para el otorgamiento de un permiso de trabajo ellos deben cumplir en esencia las mismas condiciones que los ciudadanos de terceros estados que han entrado a Alemania por primera vez para trabajar (ver el capítulo “Derecho de residencia”). Los ciudadanos de la UE de los nuevos estados miembros, sin embargo, tienen preferencia con respecto a los de terceros estados. Las regulaciones provisionales estarán vigentes hasta el 30 de abril de 2006, o a más tardar hasta el 30 de abril de 2011.
Los ciudadanos de la UE que hayan estado cinco años viviendo legalmente en Alemania tienen derecho a permanecer en Alemania, independientemente de si cumplen las condiciones para la libertad de elección del lugar de residencia. Asimismo los cónyuges o concubinos y sus hijos con derecho a alimentos. Para los hijos menores de 16 años esto tiene vigencia sólo si uno de los titulares de la patria potestad reside en Alemania.
La incapacidad laboral transitoria por enfermedad, por accidente o por estar desempleado involuntariamente, no afecta el Derecho de residencia. Independientemente del estatus de empleado que se haya tenido, una serie de personas reciben una autorización de permanencia (“Verbleibeberechtigung”) aún cuando no trabajen más en Alemania (como en el caso de incapacidad a causa de un accidente laboral).
Nota: Para la realización de algunos oficios se necesitan los certificados de calificación. La Unión Europea se esfuerza por armonizar el reconocimiento de los certificados. Más información en Internet en www.europa.eu.int/citizensrights.
La reagrupación familiar de los ciudadanos de la UE que se encuentran en Alemania por motivos económicos está reglamentada con mucha tolerancia. Tienen derecho a la reagrupación:
- el cónyuge,
- familiares en línea descendente (p. ej. hijos y nietos) que no hayan cumplido los 21 años de edad,
- familiares en línea descendente (p.ej. hijos y nietos), incluso cuando fueran mayores de 21 años, si se les sustenta,
- asimismo familiares en línea ascendente (p. ej. abuelos), en caso que se les sustente.
Nota: El derecho a reagrupación familiar tiene vigencia también para los familiares ciudadanos de terceros estados (o sea, que no son ciudadanos de la UE). Contrario a los ciudadanos de la Unión Europea puede que éstos, siguiendo las normas generales (ver arriba), tengan que solicitar un visado antes de entrar al país. (Aún cuando en determinadas situaciones es posible adquirir una visa u otros documentos requeridos después de entrar al país, como consecuencia de nuevos desarrollos del Derecho europeo, en estos casos se recomienda siempre solicitar la visa antes de la entrada.)
Aún cuando los ciudadanos de la Unión Europea quieran vivir en Alemania sin trabajar o realizar otra actividad económica son privilegiados y están protegidos por el Derecho europeo. Si un jubilado de la Unión Europea quiera vivir en Alemania con su pensión de otro país miembro, es éste su derecho garantizado. Lo mismo es válido para aquellos que no vivan de una pensión, sino de su patrimonio. Los ciudadanos de la UE también pueden venir a estudiar a Alemania.
Los grupos nombrados, sin embargo, deberán contar con suficientes medios económicos y un seguro médico para sí y sus familiares. Dado el caso ellos tendrán que demostrar estos requisitos ante la Oficina de extranjería. En el caso de los estudiantes por regla general es suficiente una sencilla declaración.
Los estudiantes pueden traer a sus cónyuges e hijos o reagruparlos posteriormente. En el caso del concubinato (ver arriba) también las parejas homosexuales tienen derecho a reagrupación. Los otros titulares del derecho a libre elección del lugar de residencia pueden traer también a familiares en línea ascendente (abuelos).
La condición para esto es que el sustento de estos familiares esté realmente garantizado.