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Reglamentación especial: naturalización discrecional

Aunque Ud. no haya todavía cumplido los ocho años de residencia en Alemania y, por eso, no tenga derecho a ser naturalizado, puede no obstante recibir la nacionalidad alemana a discreción (“Ermessenseinbürgerung”). Sin embargo, para esto hay requisitos en parte más estrictos. Así, p. ej., no se hacen excepciones con el cobro de ayudas estatales para la subsistencia.

Aquí existen plazos reducidos para recibir la nacionalidad alemana, p. ej., para las personas con derecho a asilo político (según el artículo 16a de la Ley Fundamental) y refugiados reconocidos según la Convención de Ginebra sobre refugiados y/o para los apátridas: En estos casos seis años de residencia pueden ser suficientes para ser naturalizados.

Si Ud. es cónyuge de un ciudadano alemán, entonces tiene vigencia la regla que en el momento de la naturalización tiene que haber convivido por lo menos dos años en matrimonio y haber vivido por lo menos tres en Alemania.

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