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Animales domésticos

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Tiene que aclarar con el arrendador si está permitido tener animales domésticos. Si un inquilino quiere tener un animal en la vivienda alquilada, deberá mirar las regulaciones del contrato o preguntar a la administración de la casa. Se consideran animales domésticos los siguientes: perros, gatos, pájaros, hámsteres, conejillos de Indias etc. Generalmente no está permitido tener animales útiles en los apartamentos, como p. ej., ovejas, cerdos etc.

Los dueños de los perros tienen que pagar un impuesto canino y cumplir con las vacunas obligatorias. En el ayuntamiento recibirá más informaciones al respecto. Para poder tener perros de razas consideradas peligrosas o de pelea se tienen que cumplir reglas especiales. Los dueños de los perros están obligados –aunque a menudo no se cumple– a recoger de la vía pública los “desperdicios” de sus perros.

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